Según lo establecido en el Artículo 5.02 del Capítulo 5 “Procedimientos Aduaneros” del texto del Tratado, el importador podrá solicitar trato arancelario preferencial sobre la base de un certificado de origen, el cual será llenado y firmado por el exportador. Asimismo, en caso de que el exportador no sea el productor de la mercancía, el exportador puede llenar y firmar el referido certificado con fundamento en:
  • Su conocimiento sobre si la mercancía califica como originaria;
  • Su confianza razonable en la declaración escrita del productor de que la mercancía califica como originaria; o
Una declaración de origen de la mercancía. Además, se requiere que la declaración de origen que ampare la mercancía objeto de la exportación sea llenada y firmada por el productor de la mercancía y proporcionada voluntariamente al exportador.
Documentos
Certificado de origen e instructivo de llenado TLC Panamá-Centroamérica Descargar
Declaración de origen TLC Panamá-Centroamérica Descargar