Documentos de Origen

El Artículo 5.3 del Capítulo 5 “Procedimientos Aduaneros Relacionados con el Origen de las Mercancías” del texto del Tratado establece que el importador que solicite trato arancelario preferencial para una mercancía deberá presentar un certificado de origen.   En el Artículo 5.2 del texto del Acuerdo, se dispone que el certificado de origen puede ser emitido por el exportador o el productor. Asimismo, en caso no sea el productor quien emita el certificado de origen el exportador debe de llenar y firmar el certificado con fundamento en: Su conocimiento de que la mercancía califica como originaria; oUna declaración de origen elaborada por el productor y proporcionada voluntariamente al exportador.
Documentos 
Certificado de origen TLC Único México-CentroaméricaDescargar
Declaración de origen TLC Único México-CentroaméricaDescargar