Comercio y Desarrollo Sostenible

Introducción

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En el contexto de globalización y cambio tecnológico imperante, los países buscan formas de inserción internacional que les permitan dar respuesta a los objetivos de desarrollo sostenible, esto es, crecimiento económico, reducción de desigualdades y protección ambiental. Los acuerdos comerciales son un componente importante en dicho contexto, de modo que la pregunta que orienta este trabajo es cómo aprovechar las reglas comerciales transmisoras de los cambios del entorno internacional en busca de una agenda de desarrollo sostenible que tenga como eje clave la inserción internacional.

Proteger y preservar el medio ambiente, son dos prioridades de la Organización Mundial del Comercio (OMC). Estos objetivos, consagrados en el Preámbulo del Acuerdo de Marrakech, van unidos al objetivo de la OMC de reducir los obstáculos al comercio y eliminar el trato discriminatorio en las relaciones comerciales internacionales.

La importancia de la contribución del comercio a los esfuerzos desplegados en favor del desarrollo sostenible y del medio ambiente se ha reconocido en foros tan importantes, tales como:

  • La Cumbre de Río de 1992. Los grandes temas de la Cumbre fueron: economía verde en el marco de la sustentabilidad, erradicación de la pobreza y el marco institucional del desarrollo sustentable, siendo las áreas prioritarias de discusión lo relativo a: empleos dignos, energía, ciudades sustentables, seguridad alimentaria, agricultura, agua, océanos y desastres.
  • La Cumbre de Johannesburgo de 2002. Los temas específicos de discusión fueron, entre otros, los siguientes: agua y saneamiento, energía, salud, productividad agrícola y diversidad biológica y ecosistemas. “Uno de los objetivos de la Cumbre de Johannesburgo era la ratificación de varios tratados internacionales: Protocolo de Kioto, Protocolo de Cartagena sobre Bioseguridad, el Tratado Internacional sobre Recursos Genéticos de Plantas para la Alimentación y la Agricultura, el Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos y Persistentes (COP), el Convenio de Rótterdam sobre el Procedimiento de Consentimiento Fundamentado Previo Aplicable a Ciertos Plaguicidas y Productos Químicos Peligrosos Objeto de Comercio Internacional, el Acuerdo de la ONU sobre Recursos Pesqueros que incluye varios planes de la FAO, el Convenio de Basilea sobre el Transporte de Residuos Tóxicos y el Convenio Europeo de Aarhus sobre el Acceso a la Información, que debería globalizarse” .
  • Cumbre Mundial de las Naciones Unidas de 2005: cuyas discusiones se centraron en: desarrollo, terrorismo, construcción, mantenimiento y establecimiento de la paz, derechos humanos, democracia y estado de derecho, medio ambiente, salud internacional, ayuda humanitaria, entre otros.

La noción de desarrollo sostenible se basa en los siguientes 3 pilares fundamentales, que buscan:

  • Economía: continuar produciendo riquezas para satisfacer las necesidades de la población mundial (pilar económico);
  • Equidad social: velar por la reducción de las desigualdades entre los pueblos del mundo (pilar social); y
  • Medioambiente: no degradar el medio ambiente que heredarán las generaciones futuras (pilar medioambiental).

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Se describe a continuación aquellos elementos básicos que en todo proceso de negociación deben de ser considerados o tenerse en cuenta a la hora de pactar compromisos u obligaciones, de tal forma que el usuario pueda en base a ello comprender e interpretar de mejor manera las obligaciones específicas pactadas en Acuerdos o Tratados de Libre Comercio específicos suscritos por nuestro país (en adelante el Acuerdo).

Dentro de estos elementos se mencionan: la finalidad de los temas de comercio y desarrollo sostenible, principios generales y beneficios, compromisos (laboral, ambiental, forestal y pesca), autoridades competentes, mecanismo institucional de seguimiento, cooperación y asistencia técnica y relación de medidas medioambientales con las medidas sanitarias y fitosanitarias y obstáculos técnicos al comercio, utilizando en algunos casos ejemplos que facilitan la comprensión del concepto.

A) FINALIDAD DE LOS TEMAS DE COMERCIO Y DESARROLLO SOSTENIBLE

En el marco de los Acuerdos Comerciales o Tratados de Libre Comercio (en adelante el Acuerdo), los capítulos de Comercio y Desarrollo Sostenible (CDS) y en su caso, los capítulos Laborales y Ambientales, desarrollan aspiraciones de los países Parte respecto a la relación entre su intercambio comercial y los compromisos adquiridos para alcanzar niveles adecuados de desarrollo sostenible, en específico, protecciones laborales y ambientales; y asimismo buscan armonizar estándares de protección en áreas laborales, ambientales y su interacción con el comercio entre las Partes.

B) PRINCIPIOS GENERALES Y BENEFICIOS

Los países dentro de los procesos de negociación acuerdan principios generales que son considerados para lograr consensos sobre las disposiciones de cada una de las temáticas que forman parte de la estructura de los capítulos de CDS, así como sus beneficios tomando en consideración los intereses económicos, sociales y medioambientales. Al respecto los países Parte:

  • reconocen que el enfoque en las negociones de los capítulos de CDS es de carácter cooperativo basado en valores e intereses comunes, tomando en consideración las diferencias en los niveles de desarrollo, así como el respeto a las necesidades y aspiraciones presentes y futuras;
  • reconocen que las diferencias que surjan de su aplicación no estarán sujetas al mecanismo de solución de controversias general (se establece mecanismos propios);
  • reconocen los distintos niveles de desarrollo de cada uno de ellos;
  • establecen obligaciones comunes tomando en consideración el cumplimiento de su legislación;
  • reconocen el derecho que cada uno tiene a regular y de fijar sus propios niveles de protección;
  • acuerdan la no reducción de sus estándares con fines de atracción de comercio o inversión; y
  • acuerdan potenciar la participación ciudadana en el monitoreo de las obligaciones y el diálogo en estos temas, entre otros.

C) COMPROMISOS

Dentro de las negociaciones comerciales los países Parte asumen compromisos en materia laboral, ambiental forestal, pesca, tales como:

  • cumplir con los derechos y obligaciones contenidos en la Constitución de la República;
  • cumplir con los Convenios Internacionales suscritos en materia laboral y ambiental;
  • regular las propias prioridades en materia de desarrollo sostenible;
  • lograr un equilibrio entre el comercio y el medio ambiente;
  • promover la pesca sostenible y la importancia de contribuir en la conservación de los recursos pesqueros;
  • no alentar el comercio o la inversión disminuyendo los niveles de protección establecidos en las leyes laborales y ambientales nacionales.

Compromisos en materia laboral

En materia laboral se asumen compromisos a implementar de manera efectiva la legislación laboral nacional y los Convenios fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) de los cuales nuestro país es Parte, incluyendo, entre otros:

  • Convenio 138 sobre la Edad Mínima de Admisión al Empleo;
  • Convenio 182 sobre la Prohibición de las Peores Formas de Trabajo Infantil y la Acción Inmediata para su Eliminación;
  • Convenio 105 sobre la Abolición del Trabajo Forzoso;
  • Convenio 29 sobre el Trabajo Forzoso u Obligatorio;
  • Convenio 100 sobre la Igualdad de Remuneración entre la Mano de Obra Masculina y la Mano de obra Femenina por un Trabajo de Igual Valor;
  • Convenio 111 sobre la Discriminación en Materia de Empleo y Ocupación;
  • Convenio 87 sobre la Libertad Sindical y la Protección del Derecho de Sindicación; y
  • Convenio 98 sobre la Aplicación de los Principios del Derecho de Sindicación y de Negociación Colectiva.

Compromisos en materia ambiental

En materia ambiental se asumen compromisos relativos a implementar de manera efectiva la legislación ambiental y los Acuerdos Multilaterales Ambientales (AMUMAS) de los cuales nuestro país es Parte, incluyendo, en otros:

  • Protocolo de Montreal Relativo a las Sustancias que Agotan la Capa de Ozono;
  • Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminación;
  • Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes;
  • Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES);
  • Convenio sobre la Diversidad Biológica;
  • Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología y del Convenio sobre la Diversidad Biológica;
  • Protocolo de Kioto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático;
  • Convención de Róterdam sobre el Procedimiento de Consentimiento Fundamentado Previo Aplicable a ciertos Plaguicidas y Productos Químicos Peligrosos, Objeto de Comercio Internacional.

Compromisos en materia forestal

En materia forestal, se asumen compromisos para promover la gestión sostenible y el comercio legal de los productos forestales, a través del uso efectivo del Convenio CITES y los Acuerdos de cooperación voluntaria bilaterales o regionales de aplicación de las leyes forestales;

Compromisos en materia de la pesca

En materia de la pesca, se asumen compromisos relativos a Implementar efectivamente los principios de:

  • La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR), relativos a la conservación y ordenación de poblaciones de peces tranzonales y las poblaciones de peces altamente migratorios; y
  • El Acuerdo de La Organización de Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) sobre Medidas del Estado Rector Puerto para prevenir, desalentar y eliminar la pesca Ilegal, no declarada y no reglamentada.

El Salvador es suscriptor de las Convenciones antes citadas (Laboral, Medio ambiente, Forestal y Pesca) y han sido ratificados e incorporados al derecho interno. No obstante, para el caso de la Convención sobre el Derecho del Mar no ha sido ratificada por nuestro país, habiéndose reservado mediante una declaración unilateral, su derecho soberano de implementar estos principios.

D) AUTORIDADES COMPETENTES

Existen diferentes Convenios en materia laboral y medioambiental cuya implementación de acciones y actividades involucra a varias instituciones nacionales, como las que se identifican en el siguiente cuadro:

Cuadro No.1
Instituciones relacionadas con la implementación de Convenios Laborales y Medioambientales

Convenios Instituciones Ejemplo
Laboral Ministerio de Trabajo (MITRAB) Convenios fundamentales de OIT.
Ministerio de Relaciones Exteriores (MRREE) Convención Sobre los Derechos del Niño.
Medio
ambiental
Ministerio de Medioambiente y Recursos naturales (MARN) Protocolo de Kioto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático.
Protocolo de Montreal Relativo a las Sustancias que Agotan la Capa de Ozono.
Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminación.
Convenio sobre la Diversidad Biológica.
Ministerio de Agricultura  y Ganadería (MAG) Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES).
Comisión Nacional de Plaguicidas (CONAPLAG) Convención de Róterdam sobre el Procedimiento de Consentimiento Fundamentado Previo Aplicable a ciertos Plaguicidas y Productos Químicos Peligrosos Objeto de Comercio Internacional.
Comisión Nacional Antidrogas (CNA) Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas.

E) MECANISMO INSTITUCIONAL DE SEGUIMIENTO

Tomando en consideración la importancia que reviste la participación de la Sociedad Civil en el seguimiento y monitoreo de los compromisos en materia de desarrollo sostenible, en cada Acuerdo que contiene disposiciones sobre la materia, se establece un mecanismo institucional de seguimiento que permite la participación mediante un Foro de Diálogo de la Sociedad Civil.

Dicho Foro está conformado con una representación balanceada de expertos en temas ambientales, laborales y sociales. En el Cuadro No. 2, se detallan las Instancias que conforman la institucionalidad encargada en la implementación de los aspectos del desarrollo sostenible con el comercio.

Cuadro No. 2
Mecanismos Institucionales de Seguimiento

Instancias Conformación/Responsabilidades
Punto de contacto Designado por cada una de los Países Parte, se encargan de implementar los aspectos del desarrollo sostenible relacionados con el comercio.
Junta de Comercio y Desarrollo Sostenible Conformado por autoridades de alto nivel de las administraciones de cada país Parte, el cual está a cargo de supervisar la implementación de los compromisos contenidos en el capítulo CDS correspondiente, incluidas las actividades de cooperación que se acuerden para estos temas.
Grupos asesores especializados en comercio y desarrollo sostenible Conformado por organizaciones representativas e independientes, con una participación equilibrada de actores pertinentes económicos, sociales y medioambientales, que incluya, entre otras, organizaciones de empleadores y trabajadores, asociaciones empresariales, organizaciones no gubernamentales y autoridades públicas locales.
Foro de Diálogo de la Sociedad Civil Conformado con una representación balanceada de expertos de temas ambientales, laborales y sociales en el cual se expresan los puntos de vista y opiniones con el fin de promover el diálogo sobre cómo alcanzar de la mejor manera los objetivos del capítulo CDS, según el caso.
Panel de expertos Los expertos son designados por los países Partes, y examinan aquellos asuntos en que no haya sido satisfactoriamente abordado a través de consultas gubernamentales.

F) COOPERACIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA

Para el cumplimiento de los compromisos u obligaciones establecidas en las disposiciones sobre CDS, se establecen en los Acuerdos mecanismos para que los países desarrollados, con los cuales se adquieren compromisos, proporcionen cooperación a los países en desarrollo en las áreas de asistencia técnica, formación y creación de capacidades, entre otras, en lo relativo a:

  • condiciones de trabajo decente y promoción de comercio sostenible, incluyendo aquellas prácticas que involucran la responsabilidad social empresarial;
  • promoción de productos derivados de recursos naturales con manejo sostenible, con énfasis particular en mecanismos voluntarios y flexibles e iniciativas de mercado encaminadas a promover sistemas productivos amigables con el ambiente; y
  • fortalecer los marcos legales, desarrollo e implementación de políticas y programas relativos a la aplicación de acuerdos laborales y medio ambientales de los cuales los países sean Parte.

G) RELACIÓN DE MEDIDAS MEDIOAMBIENTALES CON LAS MEDIDAS SANITARIAS Y FITOSANITARIAS Y OBSTÁCULOS TÉCNICOS AL COMERCIO

Las medidas medioambientales pueden establecerse mediante la aplicación de Convenciones Internacionales y el establecimiento de especificaciones y procedimientos en regulaciones técnicas o en medidas sanitarias y fitosanitarias.

Dichas medidas medioambientales, guardan una estrecha relación con los objetivos del Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (Acuerdo MSF) y el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio (Acuerdo OTC), en los cuales se reconocen explícitamente los derechos de los países Parte a proteger el medio ambiente y la vida animal o vegetal al nivel que consideren adecuado.

Estos mismos principios, se encuentran a su vez en el Artículo XX (Excepciones generales) del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT de 1947), en la que se establecen varios casos específicos en los cuales los países Miembros de la OMC pueden estar exentos de la aplicación de las normas del GATT, tales como proteger:

  • la salud y la vida de las personas y de los animales o para preservar los vegetales; y
  • el medio ambiente.

Las especificaciones y procedimientos establecidos en las medidas medioambientales deben cumplir con los principios indicados en los Acuerdos antes referidos, en relación a:

  • no discriminación: las especificaciones y procedimientos, así como, las medidas de verificación para su cumplimiento, no debe discriminar entre productos nacionales e importados;
  • armonización: las medidas medioambientales deben guardar relación con las normas internacionales y Convenciones Internacionales relacionadas con los productos a reglamentar;
  • transparencia: mediante la notificación de las medidas a la Secretaría de la OMC y los puntos de contacto en el marco de los Acuerdos; y
  • prevención de obstáculos innecesarios: en cuanto las medidas se basen en una evaluación científica del riesgo.

Ejemplos:

A continuación, se detalla algunos ejemplos relacionado con prescripciones ambientales:

Prescripciones que se aplican a los productos: estos requisitos son para garantizar la calidad en el empleo de los productos, para lograr objetivos ambientales, que se presentan generalmente como reglamentos técnicos (obligatorios). Pueden ser prescripciones sobre el contenido del producto o los límites máximos de residuos, tales como prohibiciones o restricciones de uso de algunos plaguicidas peligrosos en té y en el cultivo de algodón, determinados agentes químicos para conservar el cuero, y determinadas clases de colorantes para los textiles, entre otros.

Requisitos de etiquetado: El etiquetado ecológico informa al consumidor y hace ver las características ecológicas de un producto. En muchos casos, el objetivo de estas etiquetas es modificar la conducta de los consumidores y de los productores para que se adopten formas de producción, productos, tecnologías y modelos de consumo favorables para el medio ambiente. En general son normas (opcionales) que pueden conducir a la concesión de etiquetas ecológicas.

Requisitos de envasado y eliminación: Estos requisitos están destinados a reducir la cantidad de desechos de embalajes, o facilitar su recolección, reutilización, reciclado y eliminación de los embalajes, obligando a los productores a asumir una función más directa en la resolución de los problemas ambientales que ocasionan. Van dirigidos a modificar las características de los embalajes, por ejemplo, prohibir la utilización de determinados materiales o sustancias o a determinar la manera de eliminar el embalaje (por ejemplo prescripciones en materia de manipulación, obligaciones de recuperación y sistemas de depósito por los envases).

A continuación, se detalla un ejemplo sobre la aplicación de un Convenio Internacional medioambiental:
El Salvador exportara iguanas vivas criadas en cautiverio al mercado de España, la clasificación arancelaria del producto en el Sistema Arancelario Centroamericano (SAC) es: 0106.20.00.

Dentro de los requisitos de importación para determinadas especies de animales y plantas amenazadas o en peligro de extinción, entre las cuales se encuentran las iguanas, están sujetos al cumplimiento de medidas reglamentarias para la vida silvestre por parte de la Unión Europea, en el Reglamento (CE) n° 338/97 del Diario Oficial L-61 de fecha 3 de marzo de 1997, basado en la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES).

En dicha reglamentación y de conformidad a los artículos III, y VI del CITES, se indica que la importación de cualquier espécimen de una especie incluida en su Apéndice I requerirá la previa concesión y presentación de un permiso de importación y de un permiso de exportación.

Para el caso de El Salvador, el permiso de exportación/importación, según el caso, lo emite el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG). Para conocer las entidades a cargo de emitir los permisos de exportación/importación de otros países se puede consultar en la siguiente dirección:

http://www.cites.org/esp/cms/index.php/component/cp

En el marco del Acuerdo suscrito con la Unión Europea y con otros socios comerciales, nuestro país no adquirió más compromisos en materia ambiental de los que ya se tienen a nivel internacional. Para el caso de las iguanas, nuestro país cumple completamente con el requisito indicado en la CITES, el cual es exigido para el ingreso de iguanas al territorio del otro socio comercial.