Obstáculos Técnicos al Comercio (OTC)

Introducción

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Los Obstáculos Técnicos al Comercio (OTC) nacen de la necesidad de proteger el derecho de los consumidores a una libre elección informada de los productos que consumen. Los países crean y notifican a los Miembros de la Organización Mundial del Comercio (OMC) regulaciones que norman las garantías de calidad de los productos importados con las mismas garantías con que se producen nacionalmente. Es decir, se trata de una aplicación del principio de trato nacional, regulado en la OMC y en los Acuerdos o Tratados de Libre Comercio (en adelante el Acuerdo).

El marco general por medio del cual se aplican dichas medidas es el que establece en el Acuerdo sobre las Obstáculos Técnicos al Comercio (en adelante Acuerdo OTC) de la OMC y en los Acuerdos.

El mismo, “pretende dar respuesta al aumento de los obstáculos no arancelarios al comercio, y versa sobre los requisitos técnicos que deben cumplir los productos y los procedimientos de evaluación de la conformidad” , para tal fin divide los requisitos técnicos en dos categorías: Normas y Reglamentos Técnicos. Tiene como objetico principal asegurar que las Normas, Reglamentos Técnicos y Procedimientos de Evaluación de la Conformidad no creen obstaculos incesarios al comercio internacional (Ver Cudro No. 1).

El Alcance del mencionado Acuerdo cubre todos los productos, además de los procesos y métodos de producción; es decir deberán estar sometidos a las disposicones establecidas en las Normas, Reglamentos Técnicos y Procedimientos de Evaluación de la Conformidad; sin embargo hay que tener en cuenta que estas no aplican a:

  • las medidas sanitarias y fitosanitarias;
  • especificaciones de compras efectuada por los gobiernos; y
  • las medidas relativas a los servicios.

En el siguiente cuadro se presenta el tipo de medidas aplicadas en Reglamentos Técnicos, Normas y a Procedimientos de Evaluación de la Conformidad:

Cuadro No. 1
Tipo de medidas aplicadas sobre Obstáculos Técnicos al Comercio

Instrumento Descripción
Reglamentos Técnicos (RT): Son medidas que establecen las características de un producto o los procesos y métodos de producción con ellas relacionados y cuya observancia es obligatoria. Los Reglamentos técnicos y Normas comprenden prescripciones en materia de terminología, símbolos, embalajes, marcado o etiquetado, aplicable a un producto, proceso o método de producción, o tratar exclusivamente de ellas.
Normas: Son medidas aprobadas por una institución reconocida, tales como: Organización Mundial de Normalización (ISO), Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), Comisión Electrónica Internacional (CEI), CODEX Alimentarius, que prevén, para un uso común y repetido, reglas, directrices o características para los productos o los procesos y métodos de producción conexos y cuya observancia es voluntaria; es decir, no es  obligatoria.
Procedimientos de Evaluación de la Conformidad (PEC): Son procedimientos utilizados, directa o indirectamente, para determinar que se cumplen las prescripciones pertinentes de los Reglamentos técnicos o las Normas.

Otras disciplinas que son abordadas en los PEC son las relativas a la Metrología y Acreditación.

Diferencia entre una Norma y un Reglamento técnico: la diferencia entre una Normas y un Reglamento Técnico reside en la observancia y las consecuencias en el comercio internacional, a saber:

Mientras que la conformidad con las Normas es de carácter voluntaria, los Reglamentos Técnicos son de carácter obligatorio. Si un producto importado no cumple las prescripciones establecidas en un reglamento técnico, no se autorizará que se ponga a la venta. En el caso de las Normas, los productos importados que no estén en conformidad con ellas podrán ponerse en el mercado, pero se verán penalizados si los consumidores prefieren productos que se ajusten a las normas del país, por ejemplo en cuanto a calidad o color en el caso de los textiles y las prendas de vestir.

Objetivos legítimos: Para la elaboración de Normas, Reglamentos Técnicos y Procedimientos de Evaluación de la Conformidad, se debe asegurar que las mismas no creen obstáculos innecesarios al comercio, al mismo tiempo que se reconoce el derecho de los países a adoptar las normas necesarias para alcanzar la protección de sus objetivos legítimos; ejemplos de los cuales se identifican en el cuadro siguiente:

Cuadro No.2
Ejemplos de objetivos legítimos

Objetivos Descripción / Ejemplo
Protección de la seguridad o la salud de las personas Los ejemplos son numerosos. Pertenecen a la primera categoría los reglamentos nacionales que exigen que los vehículos automóviles lleven cinturones de seguridad para minimizar las lesiones en caso de accidentes de carretera o que los enchufes se fabriquen de manera que protejan a los usuarios de sacudidas eléctricas. En cuanto a los reglamentos cuyo objetivo es la protección de la salud humana, un ejemplo común es el etiquetado de los cigarrillos indicando que su consumo es perjudicial para la salud.
Protección de la salud y la vida de los animales y los vegetales Su objetivo es que no se extingan especies animales o vegetales amenazadas por la contaminación del agua, la atmósfera y el suelo. Algunos países, por ejemplo, prohíben la captura de peces de especies amenazadas antes de que hayan alcanzado determinado tamaño.
Protección del medio ambiente La mayor preocupación de los consumidores con respecto al medio ambiente, como consecuencia de los crecientes niveles de contaminación de la atmósfera, el agua y el suelo, ha inducido a muchos gobiernos a adoptar reglamentos técnicos encaminados a la protección del medio ambiente. Entre ellos figuran, los relativos al reciclado del papel y los productos plásticos y a los niveles de emisión de gases de los vehículos a motor.
Prevención de prácticas que induzcan a error Protección de los consumidores mediante su información, en forma principalmente de prescripciones en materia de etiquetado. Otros reglamentos incluyen prescripciones en materia de clasificación y definición, embalaje y medidas (tamaño, peso, entre otros.) para impedir prácticas que induzcan a error.
Otros objetivos Ejemplo son la calidad, la armonización técnica o, simplemente, la facilitación del comercio. Los reglamentos relativos a la calidad (por ejemplo, los que exigen que las frutas, legumbres y hortalizas alcancen un determinado tamaño para poder ser objeto de comercio) son muy corrientes en algunos países desarrollados. Los encaminados a la armonización de ciertos sectores, por ejemplo los de las telecomunicaciones y el equipo terminal, están muy extendidos en regiones económicamente integradas, como la Unión Europea.

¿Cuándo constituye un Reglamento Técnico un obstáculo innecesario al comercio?. En el ámbito del Acuerdo OTC un Reglamento Técnico se constituye en un obstáculo innecesario al comercio, cuando:

  • un reglamento es más restrictivo de lo necesario para lograr un objetivo de política determinado; o
  • no persigue un objetivo legítimo, tales como: la seguridad nacional, la prevención de prácticas que pueden inducir a error, la protección de la salud o seguridad humanas, de la vida o la salud animal o vegetal, o del medio ambiente.

Los elementos que se pueden tomar en consideración al evaluar los riesgos son: la información científica y técnica disponible, la tecnología o los usos finales a que se destinen los productos.

Se describe a continuación, teniendo como base las disposiciones contenidas en el Acuerdo OTC aquellos elementos básicos que en todo proceso de negociación deben de ser considerados o tenerse en cuenta a la hora de pactar compromisos u obligaciones, de tal forma que el usuario pueda en base a ello comprender e interpretar de mejor manera las obligaciones específicas pactadas en Acuerdos específicos suscritos por nuestro país.

Dentro de estos elementos se mencionan: principales temas sobre obstáculos técnicos al comercio (armonización, equivalencias, reconocimiento mutuo, transparencia, metrología y acreditación, y servicios de información), distinción entre obstáculos técnicos al comercio y medidas sanitarias y fitosanitarias, utilizándose en algunos casos ejemplos que facilitan la comprensión del concepto, autoridades competentes y legislación aplicada.

A) PRINCIPALES TEMAS SOBRE OBSTÁCULOS TÉCNICOS AL COMERCIO

En el marco de la OMC y Acuerdos, se negocian diversos temas relacionados con las OTC, a continuación se detalla las principales áreas abordadas:

Armonización

Durante muchos años, los expertos se han esforzado en lograr la armonización internacional de las Normas y Reglamentos Técnicos. Desempeñan una importante función a este respecto la Organización Internacional de Normalización (ISO), la Comisión Electrotécnica Internacional (CEI) y la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), cuyas actividades han tenido una importante repercusión en el comercio, en particular en el de productos industriales. Por ejemplo, la ISO ha elaborado más de 9.600 normas internacionales que abarcan casi todos los campos técnicos.

El Acuerdo OTC , anima a los Miembros a utilizar como base de sus Normas y Reglamentos Técnicos nacionales, las normas internacionales existentes, como ejemplo el Codex Alimentarius, o partes de ellas, salvo que “sean un medio ineficaz o inapropiado” para lograr un determinado objetivo de política. Ello puede ocurrir, por ejemplo, “a causa de factores climáticos o geográficos fundamentales o problemas tecnológicos fundamentales”.

Según se ha indicado, siempre que los Normas y Reglamentos Técnicos estén en conformidad con las normas internacionales pertinentes se presume que no crean “un obstáculo innecesario al comercio internacional”. Se aplican disposiciones similares a los Procedimientos de Evaluación de la Conformidad.

El establecimiento de diferentes estándares de producción para un determinado producto por parte de cada país, tiene repercusiones para las empresas en cuanto a los costos que se incurre, como los que se ilustran en el siguiente cuadro:

Cuadro No. 3
Ejemplos de costos para las empresas al establecer diferentes estándares de producción para un determinado producto

Tipo de costos Ejemplo
Pérdida de economías de escala Si una empresa tiene que adaptar sus instalaciones de producción para ajustarse a prescripciones técnicas diversas de distintos mercados, es probable que aumenten los costos unitarios de producción, lo cual perjudicará en particular a las empresas pequeñas y medianas.
Costos de la evaluación de la conformidad La conformidad con los Reglamentos Técnicos tiene por lo general que confirmarse. Puede hacerse mediante pruebas, certificaciones o inspecciones efectuadas por laboratorios u órganos de certificación, normalmente a expensas de la empresa.
Costos de información Comprenden, los costos de evaluación de la repercusión técnica de los Reglamentos Técnicos de otros países, la traducción y la divulgación de la información sobre los productos, la formación de expertos, entre otros.
Costos imprevistos Los exportadores suelen estar en situación de desventaja con respecto a las empresas nacionales, en lo que se refiere a costos de ajustar sus procedimientos, métodos de fabricación, cuando se enfrentan a nuevos reglamentos.

Los argumentos a favor de la armonización de las Normas y Reglamentos Técnicos son de todos conocidos. La armonización es necesaria siempre que los productos deban funcionar en conexión con otros o ser compatibles con ellos, por ejemplo: para que la comercialización de un producto alimenticio en El Salvador, sea posible, los fabricantes de alimentos en el resto de la región centroamericana debe cumplir con las disposiciones la normativa nacional de Etiquetado General de los Alimentos previamente Envasados (Preenvasados). El costo de colocar diversa información en la etiqueta en el mismo producto en diversas formas puede ser elevado, de ahí que una forma de solución ha sido establecer y aplicar por igual para toda la región centroamericana requisitos armonizados de etiquetado.

La armonización técnica puede aumentar el bienestar de los consumidores. En un entorno normativo armonizado, la competencia hace que los consumidores tengan una gama de productos amplia y atractiva desde el punto de vista económico entre los que elegir. Ello presupone, sin embargo, que las Normas y Reglamentos Técnicos armonizados no van más allá de alcanzar el objetivo normativo legítimo, es decir, que no impidan la innovación ni hagan de otro modo que los productores desistan de introducir nuevos productos o variedades de productos.

Equivalencia

El proceso que conduce a la elaboración de una norma internacional puede ser largo y costoso. Llegar a un consenso sobre detalles técnicos puede llevar varios años. El intervalo entre la adopción de una norma internacional y su aplicación real por las autoridades normativas nacionales puede ser también considerable. Por estos motivos, en el Acuerdo OTC , se desarrolla un concepto complementario de la armonización técnica: la equivalencia de reglamentos técnicos de otros Miembros.

Los OTC podrían eliminarse si los países admitieran que diferentes Reglamentos Técnicos cumplen los mismos objetivos de política aunque lo hagan por diferentes medios. Este concepto, basado en el “nuevo enfoque” de la normalización fue adoptado por primera vez por la Comunidad Europea en 1985.

Con el propósito de comprender de mejor manera en que consiste la equivalencia, se cita el siguiente ejemplo:

Requisito País A Requisito País B Objetivo Legítimo de A y B
Vehículos equipados con un catalizador. Vehículos con motores diésel. Reducir los niveles de contaminantes de la atmósfera.

Supongamos que el país A, deseoso de proteger su medio ambiente de elevados niveles de emisiones de los vehículos automóviles, exige que los vehículos estén equipados con un catalizador. En el país B, para alcanzar el mismo el mismo objetivo se exige la utilización de motores diésel en los vehículos automóviles.

Como los intereses ambientales son idénticos en ambos países (reducir los niveles de contaminantes de la atmósfera) estos pueden convenir en que sus Reglamentos Técnicos son en lo esencial equivalentes. De esta manera, si los fabricantes de automóviles del país A desean exportar al país B, no se verán obligados a satisfacer la prescripción del país B relativa a los motores diésel, y viceversa, eliminando de esta forma los costos de adaptar las instalaciones de producción para cumplir los Reglamentos Técnicos del otro país.

Reconocimiento Mutuo

Demostrar la conformidad con las Normas y Reglamentos Técnicos puede obstaculizar el comercio internacional. Concretamente, si se pretende exportar productos a diferentes mercados, puede ser necesario efectuar varias pruebas. Los fabricantes pueden enfrentar dificultades para lograr la aprobación de sus productos en los mercados externos, por ejemplo:

  • que los expertos encargados de las pruebas no estén de acuerdo con procedimientos de prueba óptimos;
  • por excesivos trámites burocráticos; o
  • por manipulación del proceso de prueba por grupos proteccionistas.

Los costos correspondientes se reducirían considerablemente si el producto se probara únicamente en el país de origen y se aceptaran los resultados de esa prueba en todos los mercados. Los países convendrían en reconocer los resultados de los procedimientos de evaluación de la conformidad de los demás como equivalentes a los suyos propios, aunque pudieran ser diferentes.

Los Acuerdos de Reconocimiento Mutuos (ARM), son convenios que permiten garantizar que los organismos acreditados en cada país operen de manera equivalente aplicando las mismas normas y procedimientos.

Transparencia (Notificación y Servicio de Información)

Los Miembros deben presentar notificaciones cuando concurran las siguientes circunstancias:

  • “que no exista una Norma, orientación o recomendación internacional pertinente o que el contenido de un Reglamento Técnico o Procedimiento de Evaluación de la Conformidad en vigor o en proyecto no esté en conformidad con el de las normas, orientaciones o recomendaciones internacionales pertinentes; y
  • que el Reglamento Técnico o Procedimiento de Evaluación de la Conformidad pueda tener un efecto significativo en el comercio de otros Miembros”

Las notificaciones deben de realizarse a la Secretaría de la OMC, de ser posible, 60 días antes de su adopción formal, para dar tiempo a que los demás Miembros formulen observaciones o comentarios a su contenido.

Podrán también notificarse posteriormente si se plantearan problemas urgentes de seguridad, sanidad o protección del medio ambiente . Es importante indicar, que en algunos países, las autoridades municipales o estatales elaboran Reglamentos técnicos y Procedimientos de evaluación de la conformidad. De ser este el caso, la autoridad central deberá notificarlos a la Secretaría de la OMC si éstos no han sido notificados por las autoridades municipales o estatales.

En el caso de los Acuerdos, se establece disposiciones relativas a la transparencia. En ese sentido, aunque los países Parte del Acuerdo sean Miembros de la OMC, la notificación de un Reglamento Técnico se debe realizarse mediante los puntos de contactos establecidos.

Metrología y Acreditación

Metrología

La Metrología es la ciencia de la medición, y comprende todos los aspectos tanto teóricos como prácticos referentes a las mediciones . De acuerdo a su campo de aplicación se clasifica en:

  • Metrología Legal: Está orientada a proteger al consumidor y es realizada por el Estado, para garantizar que lo indicado por el fabricante cumple con los requerimientos técnicos y jurídicos reglamentados en el país.

    El objetivo de la Metrología Legal es básicamente dar seguridad al público en general, en aspectos tales como: contenido de productos preempacados, verificación de balanzas, control de bombas de combustibles y control de medidores de consumo eléctrico, entre otros.

  • Metrología Industrial: Esta persigue promover la competitividad industrial a través de la mejora permanente de las mediciones que inciden en la calidad del producto.
  • Metrología Científica: Es la que define las unidades de medida y desarrolla técnicas para la conservación e implementación de las mismas.

La metrología proporciona confianza e información sobre la variabilidad de los procesos para su control y mejoramiento. La misma encierra grandes ventajas y beneficios para todos los sectores industriales, destacando los siguientes:

  • incremento en el nivel de calidad de los productos;
  • disminución de rechazos;
  • aumento de la productividad;
  • disminución de costos; y
  • promueve el desarrollo de un sistema armonizado de medidas, necesarios para que la industria sea competitiva.

Importancia de la Metrología en el Comercio Internacional

La medición entra en prácticamente todas las operaciones comerciales, desde la adquisición de materia prima, hasta la venta al detalle de productos al consumidor. Para la realización de estas operaciones, la metrología proporciona los medios técnicos necesarios con el fin de asegurar medidas correctas, mediante la implementación de un sistema armonizado de mediciones (Sistema Internacional de Unidades), la exactitud de los instrumentos de medida y métodos validados de medición.

Gran parte de los procesos de producción modernos se caracterizan por el ensamblaje de partes y componentes comprados en el mercado internacional, provenientes de distintos países y de diferentes industrias. Esto implica la aplicación de sistemas de medidas uniformes y fiables que garanticen el intercambio de las partes y la compatibilidad de las especificaciones eléctricas.

Por otro lado, el precio de los productos comercializados se deriva de la cantidad declarada en la etiqueta, la cual normalmente se determina por medición. Obviamente los precios correctos dependerán de mediciones correctas, y para lograr estas es necesario verificar y calibrar los instrumentos de medición. En ambos casos, el resultado de un equipo de medición se compara con el de otro instrumento de mayor exactitud, conocido como patrón.

En El Salvador se utiliza el Sistema Internacional de Unidades (SI), el cual está formado por siete unidades básicas, las cuales se listan en el siguiente cuadro:

Cuadro No. 4

Sistema internacional unidades base
Magnitud Nombre Unidad Símbolo
Longitud el metro m
Masa el kilogramo kg
Tiempo el segundo s
Intensidad de Corriente Eléctrica el Ampere A
Temperatura Termodinámica el Kelvin K
Cantidad de Materia la mole mol
Intensidad Luminosa la candela cd
Fuente: Sistema Internacional de Medidas.

Acreditación

La acreditación es el proceso mediante el cual una organización independiente y con la autoridad para ello, evalúa una entidad que presta un servicio, y le otorga un reconocimiento formal de su capacidad técnica y confiabilidad para realizar estos servicios. Este proceso se inicia cuando la entidad que presta el servicio asume el compromiso de cumplir con los requisitos dados en una norma internacional.

Por lo que, la acreditación significa haber cumplido estos requisitos y ser revisado por una organización que verifica que se han cumplido dichos requisitos y se tiene la calificación técnica para prestar un servicio con ética. Las características de la acreditación son:

  • demostrar la competencia en base a criterios reconocidos internacionalmente;
  • contar con el reconocimiento de tercera parte (realizado por un Organismo de Acreditación); y
  • tener acreditadas tareas específicas realizadas por la organización.

En la jerarquía de la evaluación de la conformidad la Acreditación está a un nivel superior a la Certificación, incluso se espera que los organismos de certificación estén acreditados. La certificación, a diferencia de la acreditación, es solamente una demostración del cumplimiento de requisitos de una norma, y no se evalúa “competencia técnica específica”.

Con respecto a lo anterior, se pueden acreditar todas aquellas entidades, públicas o privadas, que evalúan y determinan la conformidad de un producto, proceso, persona, servicio o sistema con los requisitos dados en una norma o especificación. Estas entidades pueden ser:

  • los laboratorios que realizan análisis (de alimentos, agua, medicamentos, materiales de construcción, etc.), laboratorios de calibración de equipos, y de análisis clínicos;
  • entidades que realizan actividades de inspección; y
  • entidades que certifican la conformidad de un producto o sistema, conforme a una norma, para comprobar su cumplimiento.

Importancia de la Acreditación

Al igual que las Normas y Reglamentos Técnicos y la Metrología, la Acreditación afecta a todos los que consumimos alimentos, utilizamos aparatos que trabajan con energía eléctrica o gas, nos realizamos análisis clínicos, entre otras actividades. La acreditación garantiza al consumidor:

  • que las entidades que brindan estos servicios son confiables y seguros; por lo que, estas entidades obtienen credibilidad;
  • permite a las personas tomar una decisión más acertada al seleccionar una entidad de servicios que ha demostrado ser competente, imparcialidad y habilidad para el desempeño de sus tareas; y
  • ayuda a fomentar la credibilidad y el desempeño de bienes y servicios.
    Algunas normas internacionales que los Organismos de Acreditación evalúan son:
  • Laboratorios de Ensayo y/o Calibración: Norma ISO/IEC 17025 “Requisitos generales para la competencia de laboratorios de ensayo y calibración”;
  • Laboratorios Clínicos: Norma ISO 15189 “Laboratorios clínicos-Requisitos particulares para la calidad y la competencia”;
  • Organismos de Certificación de Sistemas de Gestión de Calidad y Medioambiental: Norma ISO/IEC 17021 “Evaluación de la Conformidad-Requisitos para los Organismos que realizan la Auditoría y la Certificación de Sistemas de Gestión”;
  • Organismos de Certificación de Productos: Norma ISO/IEC 17065 “Criterios Generales de acreditación para los organismos de Certificación de Productos”;
  • Organismos de Certificación de Personas: Norma ISO/IEC 17024 “Evaluación de la conformidad – Requisitos generales para las organismos que realizan Certificación de Personas”;
  • Organismos de Inspección: Norma ISO/IEC 17020 “Criterios generales para la operación de varios tipos de organismos que realizan inspección”;
  • Proveedores de Ensayos de Aptitud: Norma ISO/IEC 17043 “Evaluación de la conformidad – Requisitos generales para los ensayos de aptitud”.

La mayoría de la actividad internacional en acreditación se realiza en forma de cooperación entre sistemas de acreditación nacional o regional, que buscan proporcionar una capacidad mundial en acreditación a través de redes de acuerdos mutuos de reconocimiento, entre los que se destaca los siguientes:

  • Conferencia Internacional sobre Acreditación de Laboratorios, ILAC (www.ilac.org), para las entidades de acreditación de laboratorios;
  • Organismos de Inspección se realiza a través del Foro internacional de Acreditación, IAF (www.iaf.nu), para la cooperación entre entidades que acreditan a Organismos de Certificación; y
  • Cooperación Interamericana de Acreditación, IAAC (www.iaac.org.mx), su objetivo es facilitar el comercio entre las naciones mediante el reconocimiento entre los organismos que están acreditados en los diferentes países de América, y representa a la región ante el ILAC e IAF.

Servicios de información

Como complemento de la obligación de notificar, cada Miembro de la OMC debe establecer un Servicio Nacional de Información. Este servicio constituye un punto central en el que los demás Miembros de la OMC pueden solicitar y obtener información y documentación sobre las Normas Reglamentos Técnicos, y Procedimientos de prueba adoptados o en proyecto en el país de que se trate, así como sobre su participación en Acuerdos relacionados con normas, instituciones regionales de normalización y sistemas de evaluación de la conformidad.

Los servicios de información son por lo general organismos públicos, aunque pueden también asignarse esas funciones a organismos privados. La obligación de establecer dichos servicios es especialmente importante para los países en desarrollo, ya que es el primer paso hacia la aplicación del Acuerdo OTC, y estos países pueden obtener en los servicios de información de los demás Miembros información sobre las Normas y Reglamentos Técnicos que aplican, que afecten o puedan afectar a productos de interés comercial.

En El Salvador cumplen con las funciones de Servicio de Información, para el caso de:

  • Normas, el Organismo Salvadoreño de Normalización (OSN); y
  • Reglamentos técnicos y Procedimientos de evaluación de la conformidad, la Dirección de Administración de Tratados Comerciales del Ministerio de Economía (DATCO/MINEC) y el Organismo Salvadoreño de Reglamentación (OSARTEC).

B) DISTINCIÓN ENTRE OBSTÁCULOS TÉCNICOS AL COMERCIO Y MEDIDAS SANITARIAS Y FITOSANITARIAS

Existen dos Acuerdos en la OMC que establecen regulaciones a productos alimenticios y de origen vegetal y animal, y el ámbito de aplicación de uno y otro es diferente, a saber:

El relativo a las Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (MSF): abarca toda medida que tenga por finalidad Independientemente de que esa medida revista o no la forma de una prescripción técnica para proteger la salud de:

  • las personas o de los animales de los riesgos que comporten los productos alimenticios;
  • las personas de enfermedades propagadas por animales o por vegetales; y
  • los animales o preservar los vegetales de plagas o enfermedades.

El relativo a los obstáculos técnicos al comercio (OTC): abarca todos los Reglamentos Técnicos y todas las Normas de aplicación voluntaria al igual que los procedimientos utilizados para garantizar su cumplimiento, exceptuadas las medidas definidas en el Acuerdo MSF. De ahí que la naturaleza de la medida sea el factor que determina que ella se incluya dentro del alcance del Acuerdo OTC y que sea en cambio la finalidad de la medida el factor que determina que ella caiga dentro del alcance del Acuerdo MSF.

Elementos comunes

Los dos Acuerdos contienen algunos elementos comunes, a saber:

  • la obligación básica de no discriminación;
  • la aplicación de prescripciones similares a los efectos de la notificación anticipada de las medidas en proyecto; y
  • el establecimiento de oficinas denominadas “Servicios de Información”.

Diferencias

No obstante, muchas de las normas sustantivas del Acuerdo MSF y Acuerdo OTC son diferentes. Un ejemplo de ello es el relativo a la utilización de normas internacionales pertinentes:

Cuadro No.5
Diferencias de normas sustantivas del Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias y el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio

MEDIDAS SANITARIAS Y FITOSANITARIAS OBSTÁCULOS TÉCNICOS AL COMERIO
Para no utilizar las normas internacionales, las MSF nacionales deben estar basadas en argumentos científicos resultantes de una evaluación del posible riesgo sanitario. Al amparo del Acuerdo OTC los países pueden decidir que una norma internacional no resulta apropiada por otras razones, entre ellas por problemas tecnológicos fundamentales o por factores geográficos.
Las MSF sólo pueden imponerse si resultan necesarias sobre la base de la información científica para la protección de la salud de las personas o de los animales o la preservación de los vegetales Se pueden imponer reglamentos que resulten necesarios para la consecución de diferentes objetivos, entre ellos la seguridad nacional o la prevención de prácticas que puedan inducir a error.

Los OTC pueden comprender medidas adoptadas en relación con prácticamente cualquier asunto, desde las prescripciones sobre seguridad de los vehículos automóviles y dispositivos para ahorrar energía hasta las aplicables a la forma de los embalajes para alimentos.

En el caso de las medidas que guardan relación con la salud de las personas, cabe citar como ejemplos de OTC, entre otros, las restricciones en materia de productos farmacéuticos o las prescripciones en materia de etiquetado de cigarrillos. La mayoría de las medidas relacionadas con el control de enfermedades humanas quedan regidas por el Acuerdo OTC, salvo que se trate de enfermedades propagadas por los vegetales o por los animales (como la hidrofobia ).

En el caso de los alimentos, por regla general no se consideran MSF las prescripciones en materia de etiquetado, las exigencias y consideraciones acerca del valor nutritivo de los mismos, las normas de calidad y la reglamentación de su embalaje, por lo que todas ellas quedan normalmente sujetas a las disposiciones del Acuerdo OTC. En cambio, por definición, los reglamentos que se refieren a la contaminación microbiológica de los alimentos, los niveles autorizados de residuos de plaguicidas, medicamentos veterinarios y los aditivos alimentarios autorizados; quedan sujetos al Acuerdo MSF. Este último también se hace extensivo a ciertas prescripciones en materia de embalaje y etiquetado si ellas guardan relación directa con la inocuidad de los alimentos.

Ejemplo

Para un determinado producto se puede aplicar diferentes medidas en los ámbitos de MSF o de OTC. Para determinar el ámbito a que se refiere la medida es necesario analizar el alcance y objetivo de la misma, lo cual se ilustra por medio del siguiente ejemplo aplicable al comercio internacional del agua embotellada:

Medida Ámbito
Forma permitida para que sea posible disponerlas y exhibirlas OTC
Tamaño permitido para garantizar un volumen uniforme OTC
Residuos de desinfectantes, para que el agua no esté contaminada MSF
Materiales cuyo uso está permitido porque no hacen daño a la salud de las personas MSF

C) AUTORIDADES COMPETENTES

En El Salvador, existe un marco institucional que garantiza el cumplimento de los compromisos multilaterales y bilaterales en temas de OTC. A continuación se detalla las principales instituciones involucradas en las diferentes disciplinas que lo conforman:

Cuadro No. 6
Principales instituciones nacionales involucradas en las disciplinas de obstáculos técnicos al comercio

Áreas OTC Instituciones
1. NEGOCIACIONES COMERCIALES
Negociaciones comerciales multilaterales Coordinado por la Misión Permanente de El Salvador ante OMC y OMPI, con el apoyo de las instituciones citadas en Negociaciones comerciales bilaterales.
Negociaciones comerciales bilaterales Coordinado por la  Dirección de Política Comercial (POLICOM) del Ministerio de Economía, con apoyo del Organismo Salvadoreño de Acreditación (OSA), Centro de Investigación de Metrología(CIM), Organismo Salvadoreño de Reglamentación Técnica (OSARTEC) y Organismo Salvadoreño de Normalización (OSN).
2. CUMPLIMIENTO DE COMPROMISOS
Reglamentación Técnica Organismo Salvadoreño de Reglamentación Técnica (OSARTEC).

Ministerio de Salud (MINSAL).

Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG).

Ministerio de Medioambiente y Recursos Naturales (MARN).

Ministerio de Obras Públicas (MOP).

Normalización Organismo Salvadoreño de Normalización (OSN).
Evaluación de la Conformidad Centro de Investigación de Metrología (CIM).

Defensoría del Consumidor.

Ministerio de Hacienda (MHDA).

Organismo Salvadoreño de Acreditación (OSA).

Centro de Investigación de Metrología (CIM).

Laboratorios públicos y privados acreditados por el OSA.

Transparencia
(Notificación y Servicio de Información)
Dirección de Administración de Tratados Comerciales del Ministerio de Economía (DATCO/MINEC)

D) LEGISLACIÓN APLICADA

En el país existe una diversidad de legislación aplicable a los Obstáculos Técnicos al Comercio de carácter regional y nacional, dentro de las cuales se identifican, entre otras, las siguientes:

Legislación regional

  • Reglamento Centroamericano de Medidas de Normalización, Metrología y Procedimientos de Autorización,
  • RTCA 67.01.07:10 Etiquetado General de los Alimentos previamente Envasados (Preenvasados),
  • RTCA 67.01.60:10 Etiquetado Nutricional de Productos Alimenticios Preeenvasados para Consumo Humano para la Población a Partir de 3 Años de Edad,
  • Etiquetado de Productos Farmacéuticos para Uso Humano,
  • RTCA 11.03.42:07 Productos Farmacéuticos. Medicamentos de Uso Humano. Buenas Prácticas de Manufactura para la Industria Farmacéutica y su Guía de Verificación.

Legislación nacional

  • Código de Salud,
  • Ley de Creación del Sistema Salvadoreño para la Calidad,
  • NSO 97.47.04:09 Eficiencia Energética para Equipos de Refrigeración de Uso Doméstico Auto contenidos. Límites Máximos de Consumo de Energía, Métodos de Ensayo y Etiquetado,
  • RTS 65.02.01:13 Límites máximos de residuos de plaguicidas químicos en frutas y hortalizas para producción nacional e importación.